Objeto del seguro
La Defensa Jurídica del Asegurado, como arrendador o
subarrendador de viviendas o locales de negocio.
Asegurados
El Tomador, en calidad de arrendador o subarrendador por contrato regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos, de viviendas o locales de negocio.
Plazo de carencia
Garantías contractuales, 3 meses.
Ámbito territorial
Viviendas urbanas o locales de negocio situados dentro del territorio español. Incluidas plazas de garaje vinculadas.
Limite de coberturas
Gastos y fianzas, hasta 6.000 € por siniestro. Pueden ampliarse
Coberturas
- Defensa o Reclamación en Contratos de Arrendamiento. Cubre cualquier conflicto judicial derivado del contrato de arrendamiento, como juicios por falta de pago o por obras no consentidas (con un mínimo litigioso de 300 €).
- Defensa de otros Seguros relativas a la vivienda o local arrendado, por incumplimiento contractual de otras aseguradoras privadas o del Consorcio de Compensación de Seguros.
- Defensa Penal del asegurado, en procesos seguidos por imprudencia, impericia o negligencia en relación con la vivienda o local arrendado. Incluye la constitución de fianzas para obtener su libertad provisional o responder del pago de las costas judiciales.
- Reclamación por Contratos de Servicios. Por incumplimiento de servicios de reparación o mantenimiento de las instalaciones de la vivienda o local (agua, gas, electricidad, calefacción...).
- Asistencia Jurídica Telefónica facilitada por un abogado y en prevención de cualquier litigio sobre el alcance de los derechos que, con carácter general, le asistan como arrendador o subarrendador.
Presupuesto